Desde mi punto de vista, un análisis con el corpus CAES no merece ser considerado como tal en la misma medida que otro análisis realizado en corpus como por ejemplo, el CORPES.Si nos ceñimos de forma estricta a la naturaleza de los datos utilizados, la lingüística de corpus trabaja con datos derivados de la producción lingüística, es decir; actos lingüísticos realizados por los hablantes con propósitos exclusivamente comunicativos. Por lo tanto, el CAES no puede ser considerado dentro de este análisis en tanto en cuanto su producción textual proviene de “textos producidos por personas que están aprendiendo una determinada lengua”, tal como se señala en el propio corpus que, además, añade “la recogida de muestras se ha realizado de acuerdo con unos criterios unitarios y un protocolo común de actuación mediante una aplicación informática diseñada a tales efectos”. En suma, se trata de un conjunto de textos que han sido realizados por estudiantes cuya intención no era la comunicativa.